Micelio
Auto8 de marzo de 2023

A- de 2023

Ponente Juan Carlos Cortés González

Demandante Reginaldo Kassim Aduen Bry·Demandado --

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Recurso De Suplica Contra Auto Que Rechaza Demanda De Inconstitucionalidad
  • Improcedencia por cuanto el recurso de súplica no presenta argumentos que desvirtúen las razones constitutivas del rechazo de la demanda
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Recurso de súplica.

La demanda se rechazó porque el actor no la ajustó conforme fue ordenado en el auto de inadmisión, en donde se estableció que incumplía el requisito de claridad, al no seguir un hilo conductor que permitiera auscultar el concepto de violación alegado.

La Sala Plena de la Corporación consideró que las razones expuestas por el actor no fueron suficientes para hacer prosperar el recurso impetrado, por cuanto no se acreditaron las condiciones argumentativas necesarias para adelantar el juicio de confrontación normativa propuesto ante la Corte, tal como lo señaló el despacho ponente.

Con base en lo anterior, se CONFIRMÓ el auto cuestionado.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (24 puntos)
  1. PRIMERO. CONFIRMAR el auto proferido el 8 de febrero de 2023, por la magistrada Natalia Ángel Cabo, mediante el cual, rechazó la demanda presentada por Reginaldo Kassim Aduen Bray contra el artículo 15 (parcial) del Decreto Ley 268 de 2000.
  2. SEGUNDO. A través de la Secretaría General de la Corte, COMUNICAR esta decisión al recurrente, indicándole que contra la misma no proceden recursos.
  3. TERCERO. Ejecutoriada esta decisión, archívese el expediente.
  4. Notifíquese y cúmplase,
  5. DIANA FAJARDO RIVERA
  6. Presidenta
  7. NATALIA ÁNGEL CABO
  8. Magistrada
  9. No participa
  10. JUAN CARLOS CORTÉS GONZÁLEZ
  11. Magistrado
  12. JORGE ENRIQUE IBÁÑEZ NAJAR
  13. Magistrado
  14. ALEJANDRO LINARES CANTILLO
  15. Magistrado
  16. ANTONIO JOSÉ LIZARAZO OCAMPO
  17. Magistrado
  18. PAOLA ANDREA MENESES MOSQUERA
  19. Magistrada
  20. CRISTINA PARDO SCHLESINGER
  21. Magistrada
  22. JOSE FERNANDO REYES CUARTAS
  23. Magistrado
  24. MARTHA VICTORIA SÁCHICA MÉNDEZ
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.